Si usted ha sido víctima de algún delito o falta, sepa que le asisten derechos legales como ofendido o perjudicado, a tenor de lo dispuesto en el inciso tercero del apartado 4 del Art. 789 de la ley de Enjuiciamiento Criminal y artículos 109 y 110 de la misma ley.
LOS DERECHOS QUE SE CITAN SON:
* Derecho a mostrarse parte en el proceso, mediante el nombramiento de abogado y procurador o, en su caso, que le sea nombrado de oficio, y ejercitar las acciones civiles y penales que procedan, o solamente unas y otras, según le convenga. Este derecho deberá ejercitarse de forma inmediata y, en todo caso, antes de la calificación del delito.
* Deberá acompañar usted a la denuncia todas las pruebas de que disponga (por ejemplo: partes médicos, facturas originales, escrituras, testigos con nombre, apellido y domicilio, etc...), sin olvidar la identidad del autor si la conociese.
* Se le comunica que aunque no haga uso del anterior derecho, el Ministerio Fiscal ejercitará las actuaciones civiles que correspondan salvo renuncia expresa por su parte.
* Derecho a renunciar o no a la restitución de la cosa, reparación del daño e indemnización del perjuicio causado (Art. 109 Ley de Enjuiciamiento Criminal)
* Si el hecho que motiva la presente actuación fuere ocasionado por imprudencia o negligencia, ha de saber que el Código Penal exige para la iniciación del procedimiento su denuncia en el plazo de seis meses, cuando el resultado producido sea de daños a la propiedad. En el mismo plazo, deberá presentarse denuncia, o de sus herederos o perjudicados, si el hecho causare un mal a las personas, con la excepción de que la imprudencia fuere calificada como grave.
* Si, mediando denuncia o reclamación del perjudicado, se incoa procedimiento penal por los hechos previstos en los artículos 267 y 621 del Código Penal, podrán comparecer en las diligencias penales y mostrarse parte, si estuviera implicado en tales hechos como perjudicado, todo ello, según lo previsto en la Disposición Adicional Tercera del mismo código.
* Si los hechos no constituyen delito, no hay autor conocido, o no se pueden conseguir pruebas, el Juzgado archivará las diligencias.
Si desea presentar una denuncia puede hacerlo en el Juzgado de Guardia, ante la Guardia Civil de Massamagrell o Policía Local de Rafelbunyol en ciertos casos de delitos y faltas.




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